Argentina reformó el régimen minero para desburocratizar el sector y atraer inversiones estratégicas.

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lunes 21 de julio de 2025

Por Estudio Roselló & Asociados

El Gobierno modificó las leyes 24.196 y 24.466 con el objetivo de agilizar procesos clave, reducir la intervención estatal, reorganizar funciones técnicas y mejorar el acceso a la información geológica. La medida busca consolidar al país como destino competitivo en un contexto global de creciente demanda de minerales críticos.

En un paso decisivo para modernizar el marco regulatorio del sector minero, el Gobierno nacional promulgó el Decreto 449/2025, que introduce reformas sustanciales en la Ley 24.196, que regula el Régimen de Inversiones Mineras, y en la Ley 24.466, que crea el Banco Nacional de Información Geológica. El objetivo declarado de esta iniciativa es reducir significativamente la burocracia que enfrentaban los proyectos de gran escala, reasignar tareas administrativas para mejorar la eficiencia estatal, y generar mayor certidumbre para los inversores.

Las reformas fueron oficializadas a través de la publicación del decreto en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo. La medida se enmarca en las facultades otorgadas por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (Ley 27.742), que declaró la emergencia pública en diversas áreas y habilitó al Poder Ejecutivo a avanzar en procesos de desregulación y reorganización del Estado.

Un certificado fiscal más ágil y previsible

Uno de los puntos clave de la reforma es la modificación del artículo 10 de la Ley 24.196, que simplifica radicalmente el procedimiento para obtener el certificado de estabilidad fiscal, un instrumento central para asegurar la previsibilidad tributaria en proyectos mineros.

Hasta ahora, este trámite solía demorar hasta un año, ya que requería la recolección y consolidación de información tributaria proveniente de múltiples niveles de gobierno —nacional, provincial y municipal—. Cada jurisdicción debía remitir a la Secretaría de Minería el detalle de las contribuciones y tasas aplicables al proyecto, lo que generaba demoras prolongadas y complejidades operativas.

Con la nueva redacción, ese paso queda eliminado: el certificado ya no necesita detallar tributos ni enumerar tasas específicas. Será suficiente con que indique la fecha de presentación del estudio de factibilidad del proyecto, que pasará a ser el punto de referencia para fijar las condiciones fiscales que quedarán congeladas durante el plazo de estabilidad que establece la ley.

Este cambio no solo reduce drásticamente los tiempos administrativos, sino que también aporta mayor claridad y seguridad jurídica a los inversores, al eliminar ambigüedades y discrecionalidades que podían entorpecer el acceso a los beneficios del régimen.

Menos burocracia, más control técnico

La segunda gran transformación introducida por el decreto es la eliminación de formularios extensos y poco efectivos para verificar inversiones. Hasta ahora, los beneficiarios del régimen de inversiones mineras debían completar planillas con más de mil campos de datos, de los cuales aproximadamente un 80 % no tenía sustento técnico ni respaldo normativo.

A partir de ahora, la verificación de inversiones se realizará mediante un informe técnico elaborado por un profesional independiente, que deberá acompañar la declaración jurada anual de las empresas. Esta modificación busca profesionalizar el control, reducir los costos administrativos y evitar inspecciones presenciales innecesarias que enlentecen el ciclo operativo.

Además, el nuevo artículo 26 de la ley estipula que la Secretaría de Minería podrá llevar adelante los controles con base en la información provista por las empresas, sin requerir datos adicionales de otras jurisdicciones. De este modo, se agiliza el proceso, se disminuye la carga burocrática y se preserva la capacidad fiscalizadora del Estado con criterios más técnicos y menos arbitrarios.

SEGEMAR asume la gestión del Banco de Información Geológica

Otro de los pilares de la reforma apunta a resolver la superposición de funciones entre organismos públicos. El decreto transfiere la administración del Banco Nacional de Información Geológica desde la Secretaría de Minería al SEGEMAR (Servicio Geológico Minero Argentino), un ente técnico descentralizado con experiencia específica en la materia y dependiente del Ministerio de Economía.

Las empresas que formen parte del régimen deberán aportar la información geológica de superficie de las áreas exploradas. Esa información será procesada, archivada y publicada por el SEGEMAR, en línea con los principios de transparencia y acceso público. La reorganización institucional permite un uso más eficiente de los recursos técnicos y evita solapamientos administrativos que restaban agilidad al sistema.

Menos intervención, más eficiencia

El espíritu general de la reforma está en sintonía con la lógica de la Ley Bases, que busca reducir la intervención estatal en áreas donde el mercado puede funcionar con mayor dinamismo y donde el exceso de regulaciones genera ineficiencia, discrecionalidad o directamente desincentiva la inversión.

Según el propio ministro de Desregulación y Transformación del Estado, uno de los problemas más graves del régimen anterior era la “incertidumbre que generaba cada paso de la relación con el Estado”, donde “cada trámite era un tren fantasma” que podía poner en riesgo la viabilidad de los proyectos. En sectores capital intensivos como la minería, donde las inversiones iniciales pueden superar los mil millones de dólares y tienen ciclos de desarrollo de más de una década, reducir esa incertidumbre institucional es tan relevante como tener un recurso geológico atractivo.

Un impulso clave para una industria estratégica

Con estas modificaciones, el Gobierno apuesta a consolidar a Argentina como un destino relevante para inversiones en minería en un momento de transición energética global. La demanda internacional por minerales críticos como el litio, el cobre y el oro ha elevado el interés de empresas internacionales por América Latina. Argentina, con su potencial geológico comprobado y su necesidad de divisas, se encuentra en una posición estratégica.

Los cambios legales introducidos buscan mantener los beneficios tradicionales del régimen (estabilidad fiscal, deducción de Ganancias, amortización acelerada, reintegro de IVA, exención de aranceles a importaciones de capital) pero con procedimientos más ágiles, transparentes y técnicos. En conjunto, las reformas apuntan a profesionalizar la gestión pública del sector minero, reducir riesgos regulatorios y acelerar el flujo de inversiones que puedan traducirse en empleo, exportaciones y desarrollo productivo.

Para recibir asesoramiento legal sobre el nuevo régimen de inversiones mineras, los beneficios fiscales establecidos por la Ley 24.196, el acceso al certificado de estabilidad fiscal, o el marco normativo aplicable a proyectos de exploración y explotación, puede contactarse con nuestro equipo a través de:

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«Presencia Ausente» podría interpretarse como una metáfora de la identidad fragmentada, del ser humano como entidad en tránsito, constantemente transformada por sus emociones, recuerdos y el contexto que habita. La figura incompleta invita a reflexionar sobre la memoria, lo intangible y la fugacidad del momento presente.